Defensa ante el acoso laboral en Madrid

Abogados acoso laboral Madrid

Si está sufriendo acoso laboral o mobbing en su empresa, puede contar con la ayuda de un equipo de abogados laboralistas expertos en Madrid, que le asesorarán en todas las cuestiones que tenga acerca de este problema.

El acoso laboral, también conocido como mobbing en inglés, es una condición muy seria que puede sufrir cualquier empleado de la empresa por parte de otras personas pertenecientes a la propia organización.

El acoso laboral puede dividirse en varios tipos, haciendo que en ocasiones pueda ser complicado demostrar el hecho de que el trabajador está sufriendo mobbing en la empresa.

Tipos de acoso laboral

Podemos clasificar los diferentes tipos de mobbing según la posición jerárquica de las partes implicadas o según el objetivo que se persiga con el acoso al trabajador.

Acoso laboral según posición jerárquica

  • Horizontal: En este tipo de mobbing la víctima y el acosador se encuentran en un mismo rango jerárquico, es decir, que se produce entre compañeros de trabajo. Las causas pueden deberse a múltiples variable: por enemistad, para atacar a una persona más débil, por diferencias con la víctima...
  • Vertical: Este caso se da cuando un superior acosa a un inferior o viceversa. Por ello, se pueden dar dos subclases en esta misma categoría:
    • Ascendente: Cuando un empleado en un nivel jerárquico superior sufre acoso por parte de uno o varios de sus subordinados.
    • Descendente: Cuando un empleado de un nivel jerárquico inferior recibe acoso psicológico por parte de uno o varios empleados en una jerarquía superior a la suya. Esto puede producirse como una presión para que la víctima abandone la empresa. También se conoce con el nombre de “bossing”.

Acoso laboral según objetivo

Dependiendo del objetivo que el acosador persiga con sus acciones podemos encontrar distintos tipos de mobbing en la empresa:

  • Estratégico: El mobbing estratégico guarda relación con lo anteriormente mencionado en el apartado del acoso descendente. Con ello se pretende presionar al trabajador para que finalice su contrato de trabajo de forma voluntaria, y de esta forma no tener que abonarle la indemnización correspondiente por despido improcedente.
  • De dirección o gestión: Es el que se da por parte de la dirección de una empresa para conseguir librarse de un trabajador por diversos motivos personales o profesionales o para ejercer un poder exacerbado hacia sus empleados. También se puede producir con el objetivo de incrementar la productividad de la empresa mediante tácticas de presión y miedo, amenazando a los empleados en caso de no cumplir con los objetivos empresariales.
  • Perverso: Este tipo de acoso no tiene objetivo laboral si no que se da por una personalidad manipuladora y hostigadora por parte del acosador. Es una tipología complicada de tratar ya que las pocas soluciones que tiene pasan por reeducar la conducta del acosador o prescindir de él en la organización para cesar con el acoso.
  • Disciplinario: Se produce para que la víctima comprenda que debe adaptarse a la organización y cumplir con sus objetivos laborales, o de lo contrario será castigada. Suele darse por parte de mandos superiores para infundir miedo y crear un clima laboral en el que nadie se atreva a llevar la contraria a sus jefes. También puede darse el mobbing disciplinario en aquellas personas que son víctimas de acoso por tener una baja laboral, por estar embarazadas o cualquier persona que sea consciente de que en la empresa se está produciendo una injusticia, para coaccionarlo y evitar que hable.

Protocolo ante acoso laboral

Según la Ley 31/1995 de la Prevención de Riesgos Laborales, las empresas tienen la obligación de velar por las condiciones de sus empleados en el centro de trabajo, incluyendo los supuestos de acoso laboral. Por norma general, en todas las empresas se debería tener en cuenta promover un clima de bienestar y confianza entre los empleados, fomentando la cooperación y el compañerismo y concienciándoles sobre el tema para evitar futuros problemas o roces entre ellos; no solo entre compañeros del mismo rango jerárquico si no también entre distintos rangos y departamentos de la organización.

Los protocolos frente al acoso laboral son muy recomendados en todas las empresas, tanto para prevenir estas situaciones como para saber cómo proceder en caso de que se de una situación de mobbing entre dos miembros de la organización. Se deben facilitar vías para poder resolver el conflicto entre ambas partes implicadas en la situación de acoso, de forma rápida y eficaz.

El establecimiento de este protocolo es especialmente indicado para aquellas empresas con un volumen muy grande de empleados, pero también es recomendable para PyMES que no tengan un volumen tan grande de trabajadores, pero cuyos directivos deseen tomar medidas y establecer un protocolo para estar prevenidos ante tales casos.

Cómo proceder ante una situación de acoso laboral

El primer paso que debería tomar una persona que está siendo víctima de mobbing en su centro de trabajo sería la de presentar una denuncia formal ante la empresa para que esta iniciara un proceso de investigación. La víctima debería detallar y probar todos los hechos que ha sufrido, nombres y apellidos del acosador o acosadores y testigos si los hubiese. Cuanta más documentación presentemos, más capacidad tendrá la empresa para poder tomar una decisión justa.

Una vez presentada la denuncia ante la organización, esta deberá designar a un instructor que compruebe si los hechos son ciertos. Es recomendable que el instructor tenga experiencia en el área de recursos humanos y en prevención de riesgos laborales para que sea capaz de analizar y estudiar el caso de la mejor forma posible.

La resolución ante el procedimiento abierto será determinada por el instructor del caso. Sin embargo, esto no quiere decir que se extingan las responsabilidades civiles o penales de la compañía, por lo que el empleado afectado podrá proceder a la vía judicial para defender sus derechos.

Indemnización por acoso laboral

El trabajador que haya sufrido una situación de acoso laboral y desee irse de la empresa podrá solicitar la extinción de su contrato, teniendo derecho a una indemnización al igual que si se hubiera procedido un despido improcedente. También tendrá derecho a cobrar el paro.

Por ello, es esencial que para que la víctima logre obtener una indemnización por acoso laboral se tengan todas las pruebas para demostrar la situación de acoso, tales como e-mails, audios de Whatsapp o testimonios de testigos de la empresa que hayan presenciado las conductas vejatorias hacia el trabajador afectado.

La indemnización por acoso laboral se determinará según la duración del acoso y la relación entre las consecuencias y los efectos sobre la salud y la víctima. Para realizar el cálculo se tendrá en cuenta estos aspectos y la regulación de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, además de los baremos de accidentes de tráfico, dirigiéndonos al apartado de daños morales y teniendo en cuenta el tiempo de baja médica del trabajador si la hubiera solicitado.

Si se ha visto envuelto en una situación de acoso laboral o mobbing y desea emprender acciones legales, o necesita el asesoramiento de un abogado laboralista, en Abogado Laboral Madrid le ayudaremos con cualquier problema que tenga para despejar todas sus dudas y ayudarle a resolver esta situación. El apoyo de un equipo de abogados expertos en Derecho Laboral le ayudará a resolver su situación de forma rápida y efectiva, evitando que el proceso se alargue y encontrando soluciones justas y satisfactorias. Contacte ahora con nosotros e infórmese sobre todos nuestros servicios.

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